Justiceface
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Aug 07, 2026
Äquatorialguinea

Ley 7/2024 sobre redes sociales y ciberdelincuencia en Guinea Ecuatorial: un grave retroceso de la libertad de expresión

La reciente publicación de la Ley Núm. 7/2024, de 23 de diciembre, sobre el uso de las redes sociales, los delitos informáticos y la ciberdelincuencia, plantea serias preocupaciones desde laóptica de los derechos fundamentales y la compatibilidad con los compromisos internacionales asumidos por Guinea Ecuatorial.

Un primer aspecto llamativo es que la norma se ha dado a conocer públicamente de forma íntegra aproximadamente dieciocho meses después de su supuesta aprobación, fechada el 23 de diciembre de 2024. La demora en su difusión genera incertidumbre sobre el momento de su conocimiento por los ciudadanos y dificulta el cumplimiento de los principios de publicidad y previsibilidad de la ley penal.

Más preocupante aún es el tratamiento que la ley otorga a la libertad de expresión. El artículo 50 castiga la publicación o difusión de información “falsa o tergiversada” a través de tecnologías de la información y la comunicación. Las penas previstas oscilan entre dos y cuatro años de prisión cuando la información produzca alarma o temor; tres y seis años cuando afecte al honor o reputación de una persona; y entre diez y veinticinco años de prisión, además de multas de hasta 500 millones de francos CFA, cuando se considere que la información incita al odio, afecta al orden público, compromete la estabilidad económica o pone en riesgo la seguridad del Estado.

La vaguedad de los términos utilizados en la ley, como “información falsa o tergiversada”, “alarma o temor” y “afectar al orden público”, otorga a las autoridades un margen de interpretación amplio y subjetivo, lo que podría derivar en la criminalización de opiniones críticas y en la autocensura de los ciudadanos y medios de comunicación.

Además, la ley establece la responsabilidad penal de los administradores de plataformas digitales y proveedores de servicios de internet por los contenidos publicados por terceros, imponiéndoles la obligación de supervisar y eliminar información considerada ilícita. Esta disposición podría llevar a una censura preventiva y a la restricción del acceso a información legítima.

La Comisión Ecuatoguineana de Juristas insta a las autoridades a revisar y modificar la Ley Núm. 7/2024 para garantizar que su aplicación respete los derechos fundamentales de los ciudadanos, en particular la libertad de expresión, y se ajuste a los compromisos internacionales en materia de derechos humanos asumidos por Guinea Ecuatorial.

Es esencial que cualquier legislación destinada a regular el uso de las tecnologías de la información y la comunicación equilibre la necesidad de proteger la seguridad nacional y el orden público con la salvaguarda de los derechos y libertades fundamentales, evitando medidas que puedan ser utilizadas para reprimir la disidencia y limitar el debate público.